Según la legislación aplicable, cualquier persona natural o jurídica puede ser designada como beneficiaria de la fundación, cualquiera que sea su nacionalidad o país de registro.
Las fundaciones pueden realizar actividades comerciales ocasionales o ejercer derechos sobre sus activos, siempre que los beneficios se dediquen exclusivamente a sus objetivos fundacionales.
Operaciones con acciones
Las acciones de sociedades o sus dividendos pueden transferirse a la fundación, la cual los distribuirá a los beneficiarios conforme al Acta Fundacional.
Beneficios principales
- Protección del patrimonio.
- Efectos testamentarios, evitando el proceso sucesorio tras el fallecimiento del fundador.
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